

La Asociación tiene por objeto:
1. Asistencial:
La Asociación es una organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada una de las actividades asistenciales que realiza a personas, sectores y regiones de escasos recursos; comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades:
a) La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda.
b) La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.
c) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. Entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud.
2. De Desarrollo Social.
a) La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promoción de acciones en materia de seguridad ciudadana.
b) Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos.
c) Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público.
d) Promoción de la equidad de género.
e) Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
3. Otras Actividades.
Para efectos de cumplir el objeto social enunciativa y no limitativamente la Asociación podrá:
1.- Adquirir, comprar, arrendar, subarrendar o poseer por cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles útiles y necesarios para lograr el objeto social.
2.- La adquisición de registros, permisos y autorización en materia de capacitación federal, estatal y municipal.
3.- Recibir donativos ya sea de bienes muebles, inmuebles, mobiliario y equipo, libros, dinero en efectivo, las que podrán consistir en subvenciones o donativos regulares o accidentales, de parte del gobierno federal, estatal o municipal, o bien de personas físicas o morales privadas, lo anterior con el fin de dar cumplimiento al objeto social.
4.- Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social por el cual hayan sido autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos. Esta cláusula es de carácter irrevocable.
5.- Mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos, así como al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Rescatar a niñas, niños y adolescentes de una situación de alto riesgo, procurándole el derecho a tener una familia, brindando afecto y apoyo, para la construcción de su proyecto de vida.

Contribuir con la eficacia institucional, que las niñas, niños y adolescentes tengan bases, principios, valores y oportunidades, para su desarrollo integral.
Chiapas # 501 Col. Bellavista, León
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